¿Cómo se calculan las vacaciones proporcionales en Chile?

Hablar de vacaciones siempre suena bien, hasta que entramos al mundo de los números. Cuando se trata de calcular vacaciones proporcionales en Chile, la conversación se pone técnica, pero no tiene por qué ser un dolor de cabeza. Si trabajaste menos de un año en una empresa y estás por renunciar o te despidieron, tienes derecho a una compensación por los días de descanso que alcanzaste a acumular. ¿Cómo se calcula eso? Vamos paso a paso.
- Lo que dice la ley chilena sobre vacaciones proporcionales
- ¿Qué significa “proporcional” en este contexto?
- Cómo se hace el cálculo de las vacaciones proporcionales
- ¿Cómo se calcula ese monto en plata?
- ¿Qué pasa si trabajaste menos de un mes?
- Y si tenías días acumulados de años anteriores
- Feriado progresivo: ¿cómo entra en este cálculo?
- Claves para evitar errores frecuentes
- ¿Qué pasa si no me pagan las vacaciones proporcionales?
Lo que dice la ley chilena sobre vacaciones proporcionales
El Código del Trabajo chileno es claro en esto. El artículo 73 establece que si un trabajador termina su contrato antes de completar un año, y por ende no puede acceder a sus 15 días hábiles de vacaciones legales, sí tiene derecho a un pago proporcional por el tiempo trabajado. Esto no es un favor del empleador, es un derecho adquirido.
Puedes revisar el detalle directamente en el sitio de la Dirección del Trabajo.
¿Qué significa “proporcional” en este contexto?
El trabajador que completa un año de trabajo tiene derecho a 15 días hábiles de vacaciones (ojo: hábiles, no corridos). Ahora, si estuviste, por ejemplo, solo 7 meses en una empresa, lo justo es que te paguen una fracción de esos 15 días según el tiempo efectivamente trabajado. A eso se le llama vacaciones proporcionales.
Dato importante: El sábado no cuenta como día hábil para efectos de vacaciones, aunque en algunos contratos individuales o colectivos puede tratarse de forma distinta.
Cómo se hace el cálculo de las vacaciones proporcionales
La forma más utilizada para hacer el cálculo parte desde una base fija: cada mes trabajado acumula una fracción equivalente a 1,25 días hábiles de vacaciones.
Dicho de otro modo, por cada mes completo que trabajas, acumulas un día y un cuarto de vacaciones. Esto quiere decir que si trabajaste, por ejemplo, 9 meses, ya llevas 11,25 días acumulados.
¿Y si trabajaste días sueltos en un décimo mes? Bueno, también se suman. Aquí se considera una tasa diaria que se aproxima a 0,04167 días por jornada trabajada. Esto se calcula en base a dividir los 1,25 días mensuales en 30 días, aunque legalmente se usa como referencia el mes calendario.
Ejemplo práctico
Imagina a Fernanda, que trabajó 9 meses y 18 días en una empresa. Para saber cuántos días de vacaciones le corresponden proporcionalmente:
- Por los 9 meses completos, acumula 11,25 días.
- Por los 18 días adicionales, se estima que acumula alrededor de 0,75 días.
Sumando ambos valores, Fernanda tendría derecho a unas 12 vacaciones proporcionales pagadas al terminar su contrato.
En el finiquito, eso se traduce en un monto equivalente a lo que ella gana por día hábil trabajado.
¿Cómo se calcula ese monto en plata?
Aquí hay que fijarse en lo que se entiende como “remuneración íntegra”. Este concepto incluye el sueldo base, más cualquier tipo de comisión o ingreso variable que se haya recibido en los últimos tres meses de trabajo.
El total de días proporcionales se multiplica por el valor de un día de trabajo, calculado a partir del sueldo mensual dividido por 30 (o por los días trabajados si el contrato es por jornada parcial).
Ejemplo aplicado
Si alguien gana $900.000 al mes, su día trabajado tiene un valor aproximado de $30.000. Entonces, si le corresponden 10 días proporcionales, el pago en el finiquito será de unos $300.000 por ese concepto.
Este tipo de cálculo se exige en todo contrato, sin importar si es indefinido, a plazo fijo o por obra.
Más detalles sobre este punto se pueden encontrar en la guía oficial de ChileAtiende.
¿Qué pasa si trabajaste menos de un mes?
Este es un tema que causa confusión. Si estuviste menos de 30 días en una empresa, no te corresponde pago por vacaciones proporcionales. La ley es clara: el derecho comienza a acumularse a partir del día 31. Antes de eso, no hay indemnización vacacional.
Si tu contrato duró 35 días, por ejemplo, se considera un mes completo. Por lo tanto, sí corresponde 1,25 días proporcionales.
Y si tenías días acumulados de años anteriores
Otra situación frecuente: trabajadores con más de un año en la empresa que no han hecho uso total de sus vacaciones. Si al momento de renunciar o ser despedidos tienen días pendientes, esos también se pagan. Pero no como proporcionales, sino como feriado legal no utilizado. Y eso debe liquidarse completamente en el finiquito.
Es importante separar ambos conceptos: los días proporcionales solo aplican cuando no se ha cumplido el año laboral; los días pendientes se pagan como días completos si ya habías generado el derecho.
Feriado progresivo: ¿cómo entra en este cálculo?
Este es un beneficio que a menudo se pasa por alto. Quienes han trabajado más de 10 años (de forma continua o discontinua) tienen derecho a un día adicional de vacaciones por cada tres años con el mismo empleador, más allá del mínimo legal.
Por ejemplo, si llevas 13 años trabajando en una empresa, deberías tener 16 días hábiles de vacaciones al año, y eso se ajusta también proporcionalmente si el contrato termina antes de completar un nuevo año.
Puedes revisar las condiciones del feriado progresivo en esta página de la Dirección del Trabajo.
Claves para evitar errores frecuentes
- Confundir días hábiles con días corridos: El feriado legal siempre se calcula en días hábiles. No es lo mismo tomarse dos semanas calendario que 10 días hábiles.
- Desconocer que los días se pagan, no se pierden: Si el contrato termina, el empleador está obligado por ley a incluir ese pago en el finiquito.
- No incluir remuneraciones variables: Las comisiones, bonos u horas extra también cuentan para calcular la base del pago proporcional si se han percibido regularmente.
¿Qué pasa si no me pagan las vacaciones proporcionales?
Esto no es opcional. Si un empleador no incluye este pago en el finiquito, el trabajador puede acudir a la Inspección del Trabajo y presentar una denuncia. La legislación chilena protege este derecho, y las sanciones para la empresa pueden ser elevadas si se demuestra incumplimiento.
Revisa cómo hacer el trámite o denuncia a través del portal Mi DT.
¿Necesitas ayuda para calcularlo en tu caso específico? La mejor recomendación es revisar bien tu contrato, confirmar las fechas exactas de ingreso y salida, y consultar con Recursos Humanos o un contador. Aunque parezca enredado, entender este cálculo te da claridad y, más importante aún, evita que pierdas dinero que ya ganaste con tu trabajo.
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